Derechos de vivienda para personas con discapacidad

Si usted o alguien a quien apoya tiene una discapacidad o necesidades especiales, la ley de EE. UU. le da derechos reales al buscar vivienda — incluido un hogar grupal. Aquí están con claridad, y cómo hacerlos valer. Estos derechos federales aplican igual en todos los estados.

¿Necesita ayuda ahora mismo? Llame o envíe un mensaje al 988, marque 211, o llame al 911 si hay peligro inmediato.

No pueden rechazarlo por una discapacidad

La Ley federal de Vivienda Justa hace de la discapacidad una clase protegida. Un proveedor de vivienda no puede rechazarlo, cobrarle más, ni poner condiciones distintas por una discapacidad — suya o de alguien que vivirá con usted.

Adaptaciones razonables — deben ajustar una regla cuando la necesita

Puede pedirle a un proveedor que haga una excepción a una regla cuando se necesita por una discapacidad — por ejemplo, permitir un animal de servicio o de apoyo pese a una política de «no mascotas», una habitación en planta baja, o un asistente que viva con usted. Pídalo por escrito; deben considerarlo y no pueden cobrar una tarifa por ello.

Modificaciones razonables — puede hacerla accesible

Tiene derecho a hacer cambios físicos razonables para el acceso — barras de apoyo, una rampa, una puerta más ancha. En vivienda privada el inquilino suele pagar; en vivienda con fondos federales a menudo paga el proveedor. Un proveedor no puede prohibir el cambio.

El derecho a vivir en la comunidad (Olmstead)

Bajo la ADA y la decisión de la Corte Suprema Olmstead, las personas con discapacidad tienen derecho a recibir servicios en el entorno más integrado — un hogar real en la comunidad — no una institución, cuando una colocación comunitaria es apropiada. Los hogares grupales pequeños con licencia existen exactamente por esta razón.

Los hogares grupales están protegidos de la zonificación discriminatoria

Un municipio no puede usar la zonificación ni las reglas de ocupación para mantener fuera de un vecindario un hogar grupal con licencia para personas con discapacidad, y debe hacer adaptaciones razonables a sus propias reglas (por ejemplo, un requisito de distancia o de permiso) cuando bloquearían vivienda necesaria. Esto es ley establecida de Vivienda Justa.

Diseño accesible en edificios más nuevos

La vivienda multifamiliar de cuatro o más unidades construida para primera ocupación después de marzo de 1991 debe cumplir con los estándares de diseño accesible de la Ley de Vivienda Justa — entradas accesibles, puertas y rutas utilizables, y baños que puedan adaptarse.

Si la vivienda tiene fondos federales

La Sección 504 de la Ley de Rehabilitación y la ADA añaden protecciones en la vivienda y los programas que reciben dinero federal o que administra el gobierno estatal o local — incluyendo accesibilidad y, de nuevo, adaptaciones razonables.

Cómo hacer valer estos derechos — en cualquier estado

Si cree que fue discriminado, puede presentar una queja ante la Oficina de Vivienda Justa de HUD (FHEO) — es gratis, y por lo general tiene un año. Llame al 1-800-669-9777 (TTY marque 711), o preséntela en línea en hud.gov. Cada estado también tiene su propia agencia de vivienda justa o de relaciones humanas que hace valer los mismos derechos; HUD puede dirigirlo a la suya. Para ayuda legal gratuita, marque 211 o busque LawHelp.org.

Esto es información general, no asesoría legal. Para su situación específica, contacte a HUD FHEO, la agencia de vivienda justa de su estado, o un abogado de asistencia legal.

Dónde encaja Mai Heaven

Todo lo que estamos construyendo se apoya en estos derechos — la vida en comunidad sobre las instituciones, la dignidad, y las adaptaciones razonables como norma. Una referencia entra en la lista de espera. Referir a alguien o unirse a la lista · Derechos del residente.